martes, 23 de noviembre de 2010

CONCLUSIONES FINALES DEL CONGRESO

Baradero, Buenos Aires, 20 de Noviembre del 2010

 
DOCUMENTO FINAL DE LAS CONCLUSIONES DETERMINADAS EN EL PRIMER CONGRESO NACIONAL DE LA VERDADERA IDENTIDAD DE ORIGEN, DESARROLLADO EN LAS CIUDADES DE SAN PEDRO Y BARADERO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, REPÚBLICA ARGENTINA, ENTRE LOS DÍAS 19 Y 20 DE NOVIEMBRE DEL 2010

Los temas que se desarrollaron en el Evento fueron los siguientes:

A)    Búsqueda de la identidad de origen.

B)     Sistemas de adopción en Argentina

C)     Ley de Servicios Audiovisuales.

D)    Inclusión de la Búsqueda de la Identidad para los Pueblos Originarios.

E)      Trata de Bebés

 F)    Búsqueda de Clara Anahí Mariani Teruggi

El debate se desarrolló con plena participación de los concurrentes, llegando con esas discusiones a las siguientes conclusiones por temáticas:

A - BÚSQUEDA DE LA VERDADERA IDENTIDAD DE ORIGEN

1.- Se toma conocimiento y se da lectura a un proyecto de ley Expte D – 2671 /10-11 en trámite ante la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, iniciado el 26.08.2006, que “tiene por objeto garantizar la búsqueda de datos e investigaciones, en los términos del artículo 2°”. Según este artículo, del citado proyecto de ley “Las personas que presumen que su identidad ha sido suprimida o alterada, tienen derecho a acceder a los registros que sean pertinentes, asentados en: Libros de Partos, Libros de Nacimientos, Libros de Neonatología, Libros de Entrada y Salida de Hospitales y Clínicas, e Historias Clínicas de Parturientas Archivados en cualquier establecimiento médico asistencial de la provincia de Buenos Aires, ya sea Público o Privado”.

1.- Se señaló además la conveniencia que las restantes provincias que integran la República Argentina, promuevan la sanción, con fuerza de ley, de los mecanismos jurídicos, con finalidades similares.

2.- Para favorecer la Búsqueda de la Verdadera Identidad de cada persona, se recomienda, que la búsqueda de la determinación de los datos genéticos, sean absolutamente gratuitas.

3.- Se trató y se aprobó una propuesta sobre la creación de un Instituto Nacional  para la Verdadera Identidad e Origen, que contemple todos los tiempos históricos y que la conducción de la Agrupación ¿Quiénes somos? sea la encargada de dirigir,  al Congreso de la Nación Argentina, un proyecto específico, que aborde y apruebe la creación del Instituto de carácter nacional que tratamos.

Se sugiere tener en cuenta el proyecto Expediente No 1222-D-2007 con Trámite Parlamentario No 022 (30/03/2007)

4.- Se recomienda a las autoridades pertinentes que la Dirección General de Personas Desaparecidas de la Provincia de Buenos Aires, funcione en un ámbito neutral.

5.- Favorecer el acceso a archivos y registros de los Ministerios de Salud y Registro Civiles, en todo el país, que contengan datos, certificaciones, menciones o pistas, tendientes a colaborar con la búsqueda de la identidad de origen, de cualquier persona que alegue o interprete, que está incursa en este tipo de vulneraciones, ya sea que sus antecedentes pudieran estar archivados en nosocomios de salud o en el domicilios que se señale, o donde pudieran haber personas o elementos, implicados, en este tipo de delitos.

6.- Por su carácter de documento público, se agrave civil y penalmente la responsabilidad de todos los que participen de la cadena jerárquica encargada de la custodia de la documentación, ya sea que estén en ámbitos públicos o privados, que no tuviera una justificación irrefutable de los motivos y oportunidad de su pérdida, relacionada con la cantidad de tiempo de archivo y resguardo que para cada caso marque la ley.

B – SISTEMA DE ADOPCIÓN EN LA REPÚBLICA ARGENTINA

1.- Fundación Adoptar, denunció que la República Argentina está dividida en tres fábricas de bebés, una de ellas, instalada en las provincias del Nordeste del país, la otra al sureste de Santiago del Estero con cabecera de acciones en la Ciudad de Añatuya y la tercera en las provincias que colindan con la Cordillera de los Andes.

En orden a ello y las estadísticas, surgidas de las investigaciones y denuncias penales en Añatuya, Santiago del Estero, luego reconocidas por las propias autoridades políticas y eclesiásticas de esa provincia, se llega a la conclusión de que la ley de adopciones efectúa entregas legales tan sólo en un 25%, el resto, el 75% pertenece a entregas y circulaciones de bebés por transacciones comerciales de bandas distribuidas en las provincias señaladas como facilitadoras de este tipo de tráfico humano.

En orden a lo expuesto, se solicita la modificación o adaptación de la actual ley de adopciones (Ley 24.779) en los siguientes puntos:
a) Regulación del establecimiento de plazos breves en la institucionalización de bebés y niños pequeños en instituciones públicas o privadas.

b) Reclamo de resarcimiento de daños y perjuicios a formularse contra los jueces que luego de los plazos legales, previstos en las normas que regulan este instituto, no hayan declarado al niño en estado de adoptabilidad y puestos en Guarda con Fines de Adopción a los aspirantes que correspondan.

c) Desaparición total y absoluta de la llamada Adopción Directa, una figura que deja a discrecionalidad del Juez la entrega en adopción a cualquier niño, a cualquier persona, dejando esta figura, en forma exclusiva a los casos de desaparición física repentina de él o los progenitores de un niño por parte de un familiar, una vez probado el vínculo sanguíneo o de adopción, a fin de que al pequeño tenga el derecho de continuar formando parte de su familia ampliada.

d.- Se denunció además la existencia de adopciones otorgadas sin encontrarse registrado los adoptantes, en el Registro correspondiente que determina la ley 24.779, conducta judicial, que favorece la apropiación de niños.

e.- Se cuestionó la falta de estadísticas sobre la trata de bebés a nivel nacional y provincial y que no tiene regulación penal especial y específica la Trata de Bebés, que por sus características y particularidades, debe estar regulada de un modo específico diferente al tráfico de adultos y niños pequeños.

f.- Se establece que se genera un daño psicológico significativo para la persona cuya identidad es apropiada y se recomienda la contención psicológica de las personas que se encuentran en un proceso de búsqueda de su identidad por la enorme movilización emocional, psicológica y espiritual que genera en el buscador de su origen verdadero.

g.- Implementar políticas de educación,  información y asesoramiento acerca de los riesgos que implica constituir una familia sobre la base de la ilegalidad, difundiendo que la adopción es unos derechos humanos, exclusivos e inalienables del niño.

h.- Se legisle sobre modos perfectos de identificación civil, de las personas en general y en especial, de los bebés, al momento del nacimiento.

i.- Determinar como obligatorio, responsabilizándolo al obstetra o médico, según se trate, bajo pena de ley, la extracción de sangre del recién nacido, en el mismo momento del parto para su comparación genética con la de su madre

j.- Se adicione a las tareas de los Registro Civiles una oficina que contenga las pruebas genéticas (ADN) de todos los recién nacidos en la comparación con sus madres biológicas al momento del parto y dichos archivos estén resguardados por funcionarios específicos y certificados, responsables civil y penalmente de la protección y tutela con características de documentos públicos.

C – LEY DE SERVICIOS AUDIOVISULAES

1.- Se trató y aprobó que se respete lo planteado en la Ley de Servicios Audiovisuales, donde ésta adhiere, a la Cumbre de la Sociedad de Información de Ginebra (año 2003), respecto de la protección de los Derechos Humanos y en el Apartado C, de la declaración, en donde se puntualiza la necesidad de la lucha contra el tráfico humano.

Se observa en la actualidad, que los medios de comunicación, en este sentido, no otorgan a las organizaciones no gubernamentales, los espacios gratuitos que por ley les corresponden, en especial en la divulgación, educación e información sobre la situación del tráfico de personas y la supresión de identidad.

Se recomienda a “Quienes Somos” y “Fundación Adoptar” exijan y difundan para sí y para otras organizaciones de defensa de los derechos humanos, el reconocimiento de esos derechos y reclamen los espacios necesarios para la difusión de la problemática de la supresión de identidad y el tráfico humano.

D – INCLUSIÓN DE LA BÚSQUEDA DE LA IDENTIDAD PARA LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

Durante las Jornadas, estuvo presente la cacique Nalá de la Nación Qom y el Sr. Gregory Roy Sánchez Soto, en su carácter de Secretario Ejecutivo del Consejo Provincial de Asuntos Indígenas dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, los que adhirieron, en nombre de su Comunidad de Origen las siguientes observaciones:

1.- A la propuesta aprobada en las Jornadas sobre la creación del Instituto Nacional por la Verdadera Identidad de Origen, que contemple todos los tiempos históricos y que la conducción de ¿Quiénes Somos? hará llegar, el proyecto correspondiente al Congreso de la Nación Argentina.

2.- Se aprueba o recomienda que se implemente el o los mecanismos que permitan determinar la identidad  de origen de los habitantes de todos los pueblos originarios
que habitan el territorio de la Nación Argentina respetando sus nombres reales.

3.- Solicitan el respeto a todos los tratados y leyes nacionales vigentes sobre la protección de los derechos de los Pueblos Originarios.

E - TRATA DE BEBÉS

1.- Modificación del Código Penal Argentino, incorporando la figura especial y particular de la Trata de Bebés, con penas e inhabilitaciones severas para los compradores, distribuidores, vendedores, adquirentes, especuladores, posibilitadores y todo otra persona relacionada con métodos o sistemas, que tenga que ver con la apropiación de bebés y todas las figuras penales, derivadas de este tipo de delitos.

Dichas figuras, deberán tener los agravantes, según el cargo penal o civil, recaiga sobre cualquier persona, con más el desafuero e inhabilitación, si correspondiere, cuando se trate de políticos y funcionarios de todo nivel y rango, fundado en el agravante de su responsabilidad social general ante la Comunidad, y por haber incurrido en cualquiera de las dos maneras de delinquir en la Argentina, ya sea por acción o por omisión.

 F)    BUSQUEDA DE CLARA ANAHÍ MARIANI TERUGGI

1.- Tomar como ejemplo la lucha incansable de la Fundación Anahí como referente del    
trabajo que puede realizarse con la participación de todos los que estamos comprometidos con la Memoria, la Verdad y la Justicia, y en este sentido sumar nuestras luchas, para apoyar la lucha incansable de Chicha Mariani, Fundadora de las Abuelas de Plaza de Mayo, en la búsqueda y encuentro con su nieta, Anahí Mariani Teruggi.

No hay comentarios: